AYUDAS 2023

31 de octubre de 2023

Como todos los años se procede a comunicar a los vecinos desde el Ayuntamiento de Allín la apertura del plazo de entrega de solicitudes para las siguientes ayudas:

  • “Subvención de actividades extraescolares”, en base a la ordenanza reguladora de subvenciones para actividades extraescolares, publicada en BON nº 27 del 07/02/2018.
  • “Subvención de ayudas al aprendizaje del euskera”, en base a la ordenanza reguladora ayudas al aprendizaje del euskera, publicada en BOLETÍN Nº 49 – 11 de marzo de 2020
  • “Subvención a asociaciones”, en base a la ordenanza reguladora de las subvenciones, publicada en BON nº 195 del 09/10/2017.

La fecha límite de entrega de las solicitudes será el 30 de noviembre de 2023, y su entrega se realizará a través de uno de los siguientes canales:

  • Correo-e: ayuntamiento@allin.es
  • Oficinas Municipales (horario 9:30 a 13:00).

Nota recordatoria para justificación de cobro (No obstante se ruega revisar la ordenanza correspondiente):

  • “Subvención de actividades extraescolares”

a) Un impreso de SOLICITUD  por cada uno de los o las menores de 17 años que se presentan a la convocatoria.

b) Justificante del gasto realizado, bien bancarios, bien expedidos oficialmente por las empresas donde se realicen las actividades. En estos deberá quedar claro que se han pagado entre el 1 de diciembre del año anterior y el 1 de diciembre del año en curso, ya que no se abonarán actividades realizadas en otros años, a excepción del mes de diciembre del año anterior debido a los plazos de presentación de solicitudes.

c) Si el Ayuntamiento lo estima oportuno, podrá solicitar documentación sobre la asistencia a las actividades por las que se solicitan dichas ayudas

  • “Subvención de ayudas al aprendizaje del euskera”

Todos los documentos serán originales o compulsados por el Ayuntamiento. Los datos de las personas solicitantes se tratarán según lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter Personal.

El alumno o alumna deberán aportar:

–Instancia específica de SOLICITUD.

–Fotocopia DNI.

–Certificado de la entidad organizadora del curso en el que se detallarán las condiciones del mismo (fechas de duración, nivel, números de horas y costo), así como de la asistencia y la superación de nivel que conste en la matrícula.

–Justificante de pago de matrícula en el que constará pagado el importe íntegro de la misma.

–Número de cuenta bancaria para ingreso de la subvención.

  • “Subvención a asociaciones”: 

a) Memoria detallada de la actividad realizada.

b) Instancia suscrita por el Presidente de la entidad o por quien tenga conferida la delegación debidamente acreditada, dirigida al Alcalde solicitando el pago de la subvención, indicando el número de la cuenta corriente al cual se ha de efectuar la transferencia.

c) Declaración jurada del beneficiario acreditativa de que las facturas que se presentan como justificantes se han aplicado a la actividad subvencionada.

d) Facturas por el importe total de la actividad subvencionable. No obstante, la convocatoria excepcionalmente podrá establecer que las facturas sean referidas al importe de la subvención concedida. En todo caso, las facturas tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

      • Ser originales o fotocopias compulsadas.
      • Contener el DNI o NIF del emisor y nombre o razón social del mismo.
      • Número de factura y fecha de emisión que deberá coincidir con el periodo en que se haya desarrollado la actividad. Deberán estar datadas durante el año en que se haya concedido la subvención o en el cuarto trimestre del año anterior. Si se trata de una actividad puntual, en la fecha correspondiente a la mencionada actividad.
      • Descripción de la actividad.

e) Relación de gastos y documentación impresa generados por la actividad.

f) Relación de subvenciones recibidas de otras entidades públicas o privadas.

Last modified: 31 de octubre de 2023

Comments are closed.