Como todos los años se procede a comunicar a los vecinos desde el Ayuntamiento de Allín la apertura del plazo de entrega de solicitudes para “subvención de actividades extraescolares”.
- Base a la ordenanza reguladora de subvenciones para actividades extraescolares, publicada en BON nº 65 del 01/04/2025
La fecha límite de entrega de las solicitudes será el 1 de agosto de 2025, y su entrega se realizará a través de uno de los siguientes canales:
- Correo-e: ayuntamiento@allin.es
- Sede Electrónica: https://sedeelectronica.allin.es/
- Oficinas Municipales (horario 9:30 a 13:00).
Nota recordatoria para justificación de cobro (No obstante se ruega revisar la ordenanza correspondiente):
a) Un impreso de SOLICITUD por cada uno de los o las menores de 17 años que se presentan a la convocatoria. El año en el que el o la menor cumple 17 años, ya no podrá solicitar la subvención.
b) Justificante del gasto realizado, bien bancarios, bien expedidos oficialmente por las empresas donde se realicen las actividades. En estos deberá quedar claro que se han pagado entre el 1 de septiembre del año anterior y el 30 de junio del año en curso, coincidiendo con el fin del curso académico.
c) Si el Ayuntamiento lo estima oportuno, podrá solicitar documentación sobre la asistencia a las actividades por las que se solicitan dichas ayudas
Last modified: 30 de junio de 2025